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Para motos nuevas o menos de dos años:
En REALE MOTOS, en caso de
incendio total de la moto, el primer año indemnizan a
valor a nuevo, y el segundo
valor venal. En otras aseguradoras a valor a nuevo los dos
primeros años. (1 punto)

Para motos con una antigüedad de tres y/o cuatro años
(inclusive):
En REALE MOTOS, en caso de incendio total de la motocicleta, el
tercer y cuarto año indemnizan a valor venal. En otras compañías
a
valor venal mejorado. (0 puntos)

Para motos con una antigüedad de mas de cinco años:
En REALE MOTOS, en caso de incendio de la motocicleta, a partir
del quinto año pagan a valor venal. En otras compañías a valor
venal mejorado. (0 puntos)

En REALE MOTOS, cubren el gasto que se pueda originar por la
asistencia de los bomberos, hasta 600 euros.
(0.5 puntos)
El servicio de bomberos, a pesar de ser Público, no es gratuito.

En REALE MOTOS cubren por los daños causados en la motocicleta
como consecuencia de fenómenos meteorológicos (por ejemplo, el
incendio provocado por un rayo). (0.5
puntos)

En REALE MOTOS indemnizan el 100% del valor a nuevo por daños en
elementos la moto. En la mayoría de las compañías también.
(0.5 puntos)
Ejemplo: Suponga que un incendio quema el asiento y parte
del motor.

En REALE MOTOS cubren los daños producidos al circular por vías
no aptas. En otras aseguradoras no. (0.5
puntos)
Ejemplo: Supongamos que nos vamos a parar un día al
campo, nos metemos por un ''camino de cabras'' y… mientras damos
un paseo andando, se declara un incendio y ''chamusca'' la moto. |