
Para vehículos nuevos o menos de dos años:
En MUTUA LEVANTE, en caso de
siniestro total del automóvil, los dos primeros años
indemnizan a
valor a nuevo. Es un valor normal (tirando al alza)
comparado con otras compañías. (4.0
puntos)

Para vehículos con una antigüedad de tres y/o cuatro años
(inclusive):
En MUTUA LEVANTE, en caso de siniestro total del coche, el
tercer año indemnizan el 80% del valor a nuevo, y el cuarto a
valor venal mejorado. En otras aseguradoras solo pagan los dos
años a
valor venal. (4.0 puntos)
Para MUTUA LEVANTE el valor venal mejorado consiste en el
valor de mercado, es decir, el valor del coche si usted lo
compra en a un compra-venta. Dicho valor suele ser el
valor+30%.

Para vehículos con una antigüedad de mas de cinco:
En MUTUA LEVANTE, en caso de siniestro total del vehículo, a
partir del quinto año, y en adelante, pagan valor venal
mejorado. En
otras aseguradoras solo pagan a valor venal. (3.0
puntos)

En MUTUA LEVANTE indemnizan a valor a nuevo por los daños en
elementos fijos del coche. En la mayoría de las aseguradoras
también. (1 punto)
Ejemplo: Suponga que tiene un
accidente y le tienen que cambiar todo el frontal
(parachoques, pilotos...), y parte del motor (radiador,
correas, etc).

En MUTUA LEVANTE cubren los daños causados en el vehículo
como consecuencia de fenómenos meteorológicos. En otras aseguradoras no.
(0.5 puntos)
Ejemplo: Suponga que viajando por
carretera le coge una tormenta con granizos, y le abolla el
capó y techo del automóvil.

En MUTUA LEVANTE cubren los daños producidos al circular
por vías no aptas de uso común. En otras aseguradoras no.
(0.5 puntos)
Ejemplo: Supongamos que nos vamos
a parar un día al campo, nos metemos por un camino y…
tenemos un accidente contra ''un árbol''. |