
Para vehículos nuevos o menos de dos años:
En MUTUA LEVANTE, en caso de
siniestro total del automóvil, los dos primeros años
indemnizan a
valor a nuevo. Es un valor normal (tirando al alza)
comparado con otras compañías. (4.0
puntos)

Para vehículos con una antigüedad de tres y/o cuatro años
(inclusive):
En MUTUA LEVANTE, en caso de siniestro total del coche, el
tercer año indemnizan el 80% del valor a nuevo, y el cuarto a
valor venal mejorado. En otras aseguradoras solo pagan los dos
años a
valor venal. (4.0 puntos)
Para MUTUA LEVANTE el valor venal mejorado consiste en el
valor de mercado, es decir, el valor del coche si usted lo
compra en a un compra-venta. Dicho valor suele ser el
valor+30%.

Para vehículos con una antigüedad de mas de cinco:
En MUTUA LEVANTE, en caso de siniestro total del vehículo, a
partir del quinto año, y en adelante, pagan valor venal
mejorado. En
otras aseguradoras solo pagan a valor venal. (3.0
puntos)

En MUTUA LEVANTE indemnizan a valor a nuevo por los daños en
elementos fijos del coche. En la mayoría de las aseguradoras
también. (1 punto)
Ejemplo: Suponga que tiene un
accidente y le tienen que cambiar todo el frontal
(parachoques, pilotos...), y parte del motor (radiador,
correas, etc).

En MUTUA LEVANTE cubren los daños causados en el vehículo
como consecuencia de fenómenos meteorológicos. En otras aseguradoras no.
(0.5 puntos)
Ejemplo: Suponga que viajando por
carretera le coge una tormenta con granizos, y le abolla el
capó y techo del automóvil.

En MUTUA LEVANTE cubren los daños producidos al circular
por vías no aptas de uso común. En otras aseguradoras no.
(0.5 puntos)
Ejemplo: Supongamos que nos vamos
a parar un día al campo, nos metemos por un camino y…
tenemos un accidente contra ''un árbol''.

En MUTUA LEVANTE, en el supuesto de
siniestro total, no se aplica la
franquicia contratada, ni tampoco por daños
meteorológicos (granizo). En otras aseguradoras sí.
(0.5 puntos) |