
En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) esta cobertura tiene
un
ámbito de aplicación solo para España. En otras
compañías, aparte de España, incluye los países de la Unión
Europea y los que están adheridos al
Convenio Multilateral de Garantía.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO cubren por los
daños causados en el vehículo como consecuencia de fenómenos
meteorológicos (por ejemplo, los daños provocados por el
rayo). En otras compañías si.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO indemnizan por
los daños causados en los neumáticos del vehículo, salvo en
el supuesto de siniestro total. En otras compañías sí.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO cubren por los
daños producidos en
accesorios no de serie y NO declarados en la póliza. En
la mayoría de las compañías, no cubren este aspecto.
Ejemplo: Suponga que no declara
en la póliza el climatizador, o asientos eléctricos con
tapicería especial, que ha pagado como extra cuando compra
el coche, y un incendio los daña.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO cubren los daños
producidos al circular por vías no aptas. En algunas
compañías sí.
Ejemplo: Supongamos que nos vamos
a parar un día al campo, nos metemos por un ''camino de
cabras'' y… mientras damos un paseo andando, se declara un
incendio y ''chamusca'' el coche.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) no indemnizan por
los daños en de equipajes y objetos personales que pueda
llevar en el vehículo. En otras compañías si.
Ejemplo: Suponga daños en una
chaqueta que llevaba en el maletero. |