
En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) esta cobertura tiene
un
ámbito de aplicación solo para España. En otras
compañías, aparte de España, incluye los países de la Unión
Europea y los que están adheridos al
Convenio Multilateral de Garantía.
Ejemplo: Suponga que viaja a
Alemania, y se sale de la vía destrozando el coche.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO cubren por los
daños causados en el vehículo como consecuencia de fenómenos
meteorológicos (por ejemplo, los daños provocados por el
granizo o el pedrisco). En otras compañías si.
Ejemplo: Suponga que viajando por
carretera le coge una tormenta con granizos, y le abolla el
capó y techo del automóvil.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO indemnizan por
los daños causados en los neumáticos del vehículo, salvo en
el supuesto de siniestro total. En otras compañías sí.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO cubren los daños
producidos al circular por vías no aptas. En algunas
compañías sí.
Ejemplo: Supongamos que nos vamos
a parar un día al campo, nos metemos por un camino y…
chocamos contra un ''árbol''. En este caso ETERNA
ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) no indemnizaría, ya que un
camino no es una vía apta para la circulación, y por tanto,
no es posible llegar a donde se incendió el coche
legalmente.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO cubren por los
daños producidos en
accesorios no de serie y NO declarados en la póliza. En
la mayoría de las compañías, no cubren este aspecto.
Ejemplo: Suponga que al comprar
el coche, pone como accesorios extra, pintura metalizada y
tapicería de cuero, y no los declara en la póliza.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO) NO cubren los daños
producidos en equipajes y objetos personales. En la mayoría
de las compañías, no cubren este aspecto.
Ejemplo: Suponga daños en maletas
y abrigos.

En ETERNA ASEGURADORA UNIVERSAL (OCASO), en el supuesto de
siniestro total, o colisión con otro vehículo
identificado, se aplica la
franquicia contratada. En otras aseguradoras no. |