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Condena a dos ex empleados de UBK por revelar información confidencialLa sentencia, que condena también a la esposa de uno de ellos, prueba que traspasaron planes de pensiones y seguros de varios clientes de la correduría a otras aseguradoras poniendo como agente a la esposa. Dos ex empleados de UBK CORREDURÍA DE SEGUROS y la esposa de uno de ellos han sido juzgados y condenados a la pena de un año de prisión por revelar y usar en beneficio propio información confidencial de la correduría. Los condenados desviaron datos a otra correduría de su propiedad. En la sentencia se refleja que, a finales de 2002 y principios de 2003, dos trabajadores de UBK, que ocupaban los cargos de delegado y gestor comercial en la Delegación de Palma de Mallorca, fueron despedidos por desviar pólizas de seguros con la ayuda de la esposa del primero, que actuaba como intermediaria. Tras los despidos a principios de 2003, declarados procedentes por la Jurisdicción Laboral, ambos condenados abrieron un despacho, en junio de 2003, para continuar con la actividad de correduría y desvío de pólizas de seguros gestionadas por UBK. Utilizaban las listas de los clientes con todos los datos relativos a número de pólizas, vigencia de las mismas, y otra información que procedía de UBK y de la que se apoderaron aprovechando la información de la que disponían gracias a sus anteriores empleos. Ambos tenían firmada una cláusula de fidelidad con UBK por la que se comprometían expresamente a guardar secreto, no divulgar ni utilizar en provecho propio o de terceros cualquier clase de información o documentación de la que hubieran tenido conocimiento en razón de su trabajo para la mencionada empresa. Un año de prisión El Juzgado de lo Penal nº 1 de Palma de Mallorca, en su sentencia nº 00031/2010, del 27 de enero de 2010, condena a los acusados como responsables de un delito de revelación de secreto precedentemente definido, en concepto de autores y de cooperadora necesaria con la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal atenuantes de reparación del daño y dilaciones indebidas, para cada uno de ellos, a la pena de un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de doce meses con la cuota diaria de cuatro euros, quedando sujeto en caso de un impago a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas procesales, excluidas las de la Acusación Particular. Con carácter previo al acto de Juicio Oral, los condenados procedieron al pago de 50.000 euros en concepto de indemnización y costas a la Acusación Particular.
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