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El servicio de Mediadores de Seguros de la DGSFP tiene 11 nuevos criterios

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), a través de su Servicio de Mediadores de Seguros, ha ampliado la lista de criterios interpretativos de la Ley de Mediación, incluyendo en su página web once nuevas respuestas a consultas planteadas al órgano de control. Con relación al tema de auxiliares externos, se ha publicado un nuevo criterio que hace referencia a la participación de una asociación como auxiliar externo en la intermediación de un seguro colectivo para sus asociados.Sobre cuestiones relacionadas con los corredores de seguros, se incluyen los siguientes criterios:

- Incompatibilidad del administrador y director técnico de una sociedad de correduría de seguros, en los supuestos de simultanear sus funciones con las de miembro del Consejo de Administración de una aseguradora.

- Concurrencia de incompatibilidad en una sociedad de correduría de seguros en el supuesto de un socio (sociedad de inversión), que a su vez tiene participaciones en una sociedad de agencia de seguros exclusiva.

- Concurrencia de incompatibilidad en el supuesto de una correduría de seguros para ejercer simultáneamente como auxiliar externo de un agente de seguros exclusivo.

- Relaciones con las entidades aseguradoras: comunicaciones a los tomadores y derechos económicos

- Incompatibilidad de un corredor de seguros para actuar como delegado de una entidad aseguradora para tramitar siniestros.

- Obligatoriedad de inscripción previa en el RAEMSR para ejercer la actividad de mediación de seguros.

- Incompatibilidad de un corredor de seguros para ejercer simultáneamente como perito de seguros.

- Normativa vigente aplicable a los peritos de seguros.

- Supuestos de cambio de la posición mediadores en una póliza de afianzamiento de cantidades anticipadas para la vivienda.

- Administración competente en la inscripción de una Agrupación de Interés Económico de mediadores de seguros.

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