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Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación
La aplicación generalizada de la normativa que obliga a las aseguradoras a realizar ofertas motivadas de indemnización a los perjudicados por accidentes de tráfico, permitiría reducir en un 50% los juicios relacionados con el seguro obligatorio del automóvil. Esta es la conclusión las Jornadas sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación llevadas a cabo por Mutua Madrileña y la Fundación para la Magistratura. Según la Ley 21/2007, de 11 de julio de 2007, se obliga a las aseguradoras a presentar una oferta o respuesta motivada a las reclamaciones realizadas por el perjudicado/víctima de un accidente de tráfico. Se trata de una Ley que entró en vigor el 12 de agosto y que su aplicación generalizada podría significar hasta la reducción de un 50% de los juicios relacionados con el seguro obligatorio del automóvil. Y es que la vinculación entre oferta motivada y devengo de intereses ‘simplifica el sistema y atenúa para las aseguradoras los muy gravosos efectos de la demora'. Igualmente se ha hecho especial hincapié en la necesidad de existir un desconocimiento razonable por la entidad aseguradora del siniestro para que la aseguradora no tengan que pagar intereses de demora en caso de impago de la indemnización ante una causa justificada. También se han señalado la exista una gran desproporción entre las cantidades reclamadas y la que posteriormente se reconoce en la sentencia que fija el importe de la indemnización como causa. A las Jornadas sobre Responsabilidad Civil y Seguro de Circulación, organizadas por Mutua Madrileña y la Fundación para la Magistratura, han asistido Ignacio Garralda, presidente de Mutua Madrileña, Fernando Rosa, Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial y José García, Vicepresidente de la Asociación Profesional de la Magistratura.
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