CONCEPTO
El objetivo de esta cobertura es conseguir que el asegurado
reciba una indemnización cuando ocurren, necesaria y
conjuntamente, estas circunstancias:
Se producen daños en el propio vehículo (que bien puede ser
desde golpearse con una farola a colisionar contra otro coche, o
bien sufrir ralladuras o la rotura de un retrovisor, o rozar con
una columna del garaje).
No existe culpable tercero que asuma la culpa.
Los daños del vehículo no son imputables a otra cobertura.
Por lo tanto, estamos ante una cobertura que cubre un bien
MATERIAL, y para más especificación, el VEHÍCULO PROPIO, y SOLO
a él.
Si bien el punto 1 y 2 no tienen más dificultades de
comprensión, sí que puede existir confusión en el punto 3. Por
ello, antes de entrar en más detalles acerca de la cobertura de
daños propios, conviene distinguirla de otras como puede ser el
robo, incendio, etc.
Ejemplo: Supongamos que alguien intenta robar el coche o algo de
dentro del coche, para lo cual fuerza la cerradura, o rompen la
puerta, o un cristal, o destrozan el salpicadero para robar el
cassette, etc.
En este caso, se han producido daños en el vehículo, y así
mismo, no tenemos tercero culpable.
No obstante, la reparación del vehículo no irá con cargo a la
cobertura de daños propios, sino a la cobertura de robo, ya que
los daños producidos han sido causados por el intento de robo.
Por ello, si, en el ejemplo que se indica, el usuario no tiene
contratado en su póliza la cobertura de daños propios, no debe
preocuparse, ya que la cobertura del robo debe reparar los daños
causados en el vehículo.
El mismo ejemplo anterior es aplicable en caso de incendio o
lunas. Es decir, que si se quema una rueda del coche o se rompe
un cristal y no se sabe quien ha sido el autor, esto se cubre
con las coberturas de incendio y lunas, y no con la de daños
propios.
LA LETRA PEQUEÑA
Pero una vez definido el concepto, lo interesante es mirar la
LETRA PEQUEÑA, más que nada para evitar sobresaltos. Y más vale
encontrar la sorpresa ahora que cuando se haya consumado el daño
propio. Así pues, es interesante saber cómo funciona la póliza
frente a casos como:
Daños propios de accesorios de serie
Se trata de accesorios que el coche trae de origen, como pueden
ser un volante, un asiento, un intermitente, unas ruedas…
En principio, en estos casos, si quedan destrozados después de
un siniestro, se indemnizará a VALOR A NUEVO SIEMPRE, y con
independencia de la antigüedad del vehículo, es decir, si queda
destrozado el motor del coche (por decir una exageración), la
compañía comprará un motor nuevo y lo montará.
Un caso típico son determinadas piezas de serie que llevan los
vehículos y que se tratan de manera especial por las compañías,
como son:
Las ruedas: si solo ellas quedan destrozadas ¿cuál es la
indemnización?. Unas compañías darán el valor a nuevo, es decir,
comprarán la llanta y el neumático NUEVOS. Sin embargo, esta no
es la práctica común, sino que muchas compañías opinan que el
neumático, en el momento del siniestro, posiblemente estaba ya
desgastado, y por tanto SÓLO pagan una parte de dicho neumático,
por ejemplo, el 80%. Nuestra opinión a este respecto es bien
clara: aquí falta algo.
Hay otras compañías que SOLO cubren los neumáticos en el caso de
que exista colisión con otro vehículo, y esté identificado.
¿por qué estas limitaciones?: Muy sencillo, hay determinados
asegurados que usan métodos fraudulentos: Ejemplo: suponga que
tiene ya los neumáticos delanteros muy desgastados, y finge un
accidente contra un bordillo con el objetivo de que le pague dos
neumáticos NUEVOS.
Otros elementos sujetos a desgaste: aunque no es muy común, lo
cierto es que hay compañías que NO pagan el valor a nuevo de
elementos sujetos a desgaste, como puede ser un tubo de escape,
catalizador, etc.
Así mismo, conviene llamar la atención a muchos conductores que
deciden "tunnear" su vehículo, y ponen unos neumáticos más
anchos, mejores, es decir, MÁS caros, o bien, un tubo de escape
especial. En caso de siniestro, la compañía indemnizará con
arreglo a la medida y calidad del neumático de origen, o con el
tubo de escape de origen, y no con respecto al que nosotros
hemos puesto con posterioridad, salvo que se declare su valor en
las condiciones particulares del seguro, como se indica en el
siguiente apartado.
Accesorios NO de serie.
Se trata de los accesorios que cumplen uno de estos requisitos:
Se paga un suplemento por ellos a la hora de comprar el coche.
Se instalan en el coche con posterioridad a su compra.
Para que estos accesorios estén cubiertos en un accidente,
además de tener contratada dicha cobertura, deberán ir
especificados detalladamente (es decir, tipo de accesorio y
PRECIO) en las Condiciones Particulares de la póliza.
Si no se hace así, en caso de siniestro de algún accesorio NO de
serie, la compañía NO pagará absolutamente ninguna
indemnización. Si bien es cierto que determinadas compañías,
aunque no se declaren dichos accesorios, SI que los cubren,
hasta una cierta cantidad de dinero, por ejemplo, hasta 300,
500, 1000 euros...
Por último, es necesario hacer una matización muy importante,
sobre cómo detallar el accesorio NO de serie en las Condiciones
particulares, ya que:
Si se hace figurar un valor del accesorio inferior al que en
realidad tiene, el usuario estará pagando menos dinero por
asegurarlo, pero en caso de robo, la compañía abonará como tope,
dicho valor, y no el que en realidad cuesta. Es lo que se llama
INFRASEGURO.
Por el contrario, si se "infla" el valor del accesorio, es
decir, que se asegura por un precio más elevado del que en
realidad cuesta, resultará que se está pagando más por el
seguro, y además, si se produce el robo, la aseguradora no
pagará ese "sobre-valor", sino sólo el real. Es lo que se llama
SOBRESEGURO.
Es decir, respecto a los accesorios NO de serie, , es muy
conveniente poner en la póliza EL PRECIO JUSTO. Esto no ocurre
con los accesorios de serie, ya que dichos accesorios están
incluidos en el precio total del coche al comprarlo.
Pérdida total del coche.
Si bien hasta ahora se ha tratado de conocer cuando y cómo las
aseguradoras indemnizan al usuario en los casos en que después
de una accidente una parte del vehículo del vehículo queda
dañada, la siguiente cuestión es saber cuánto pagarán si TODO el
coche queda dañado, es decir, en el caso de siniestro total
Sin duda, este aspecto es el MÁS importante de esta cobertura,
ya que puede haber diferencias desde unos cientos de euros, a
unos cientos de miles de euros según la compañía de que se
trate.
Por lo tanto, la siguiente misión es mirar detenidamente la
letra pequeña y saber con qué cantidad indemnizará la compañía
en caso de pérdida total.
La práctica habitual en las mejores compañías es la
indemnización a valor a nuevo si el vehículo tiene menos de dos
años de antigüedad, aunque también hay compañías que desde el
primer día ofrecen el valor venal.
Una vez transcurridos ese primer o segundo año, es práctica
habitual de algunas compañías basar las indemnizaciones en el
valor venal, otras con el valor venal mejorado. Pero como en
todos los apartados, cada compañía es un mundo, y por tanto,
habrá que mirar la póliza en concreto para saber que es lo que
tiene, ya que incluso, dentro de la misma compañía, según de qué
póliza se trate, puede que el primer año sea a valor a nuevo, o
a valor venal.
Sin duda alguna, si un usuario quiere conocer las ventajas y los
inconvenientes de tener un seguro barato/caro, esta es una buena
referencia para ver la causa de los precios de las pólizas.
Daños atmosféricos.
Suponga que deja aparcado el coche en la calle, y una tormenta
de granizo produce desperfectos en el techo y capó del coche.
Hay compañías que SI cubren los desperfectos por fenómenos
meteorológicos, sin embargo, hay otras que NO lo cubre.
Daños en equipajes
Hasta hace poco casi ninguna compañía cubría los posibles daños
en equipajes o elementos personales, como puede ser un abrigo,
una maleta. No obstante, las mejores compañías han incluido esta
cobertura en sus pólizas.
Ahora bien, lo que suelen hacer es poner limitaciones. Por
ejemplo, indemnizar HASTA una cierta cantidad de dinero por
siniestro, por ejemplo 300, 500, 1500 euros.
Una indicación para saber si se trata de una buena compañía es
ver si cubren este apartado, ya que pocas compañías lo hacen.
Daños en vías no aptas
Existen usuarios que utilizan el vehículo para realizar
excursiones por el campo. Sin embargo, circular por un camino, o
por la playa, NO está contemplado como una vía ''legal'' de
circulación, y por tanto, en teoría, NO es posible circular. Por
lo tanto, la GRAN MAYORÍA de las compañías excluyen los daños
producidos cuando se producen fuera de vías legales de la
circulación.
Ejemplo: Supongamos que nos vamos a parar un día al campo, nos
metemos por un camino y… chocamos contra un ''árbol''. En este
caso muchas compañías NO indemnizarían, ya que un camino no es
una vía apta para la circulación, y por tanto, no es posible
llegar a donde se incendió el coche legalmente.
Franquicia
La aplicación de franquicias (es decir, deducir X euros del
importe de la indemnización que nos corresponde) en la cobertura
de daños propios es un uso muy extendido, y todas las compañías
tienen esta opción. Debido a la extensión de dicho concepto, lo
hemos desarrollado aparte (pulse aquí).
Hoy en día los seguros a todo riesgo con franquicia están mucho
mas extendidos que los que no tienen franquicia. El motivo es
muy simple, y es que contratando una franquicia se consigue
reducir el precio a pagar significativamente.
CONSEJOS
Los accesorios no de serie son aconsejables asegurarlos, ya que
su precio en el seguro es poco respecto al precio del seguro del
resto del vehículo, y sobre todo, respecto a la tranquilidad que
ofrecen, ya que es habitual que a dichos accesorios se les tenga
especial apego (llantas, radiocassette), y no es lo mismo cobrar
la indemnización para comprar un coche con climatizador que sin
el.
Esta cobertura es cara contratarla, pero aún así, podría ser
aconsejable en los siguiente casos:
Para vehículos nuevos, y dos/tres años.
Para personas a las que su coche les sea imprescindible en su
vida laboral/particular y no dispongan de medios para adquirir
otro vehículo en caso de siniestro total. Aunque un concepto
entra en contradicción con el otro, es decir, si no se dispone
de medios para comprar un vehículo, puede que tampoco se tengan
medios para pagar un seguro tan caro.
Personas "conflictivas" que normalmente hacen uso de la
cobertura de daños propios porque suelen tener bastantes
accidentes. Aunque ello también supondrá un valor excesivo, ya
que dichas personas no poseen bonificación.
ACLARACIÓN: Lo que no cubre
Queremos concluir este apartado con la indicación de lo que
NUNCA va a cubrir esta cobertura.
Muchas veces se piensa que por tener contratado "daños propios"
se genera el derecho derecho a que arreglen el coche por todos
los conceptos, desde los desperfectos originados en un
accidente, hasta incluso el gripaje del motor. Y esto es debido
fundamentalmente porque al contratar esta cobertura las
compañías nos lo adornan con la bonitas palabras de "Ha
contratado usted un seguro a TODO RIESGO".
Bien, pues nada más lejos de la realidad. Las averías del
vehículo que NO han sido causadas por un accidente, NUNCA se
cubren.
Ejemplo: Se supone que se gripa el motor en plena conducción, y
como consecuencia de ello ocurre un accidente y el coche precisa
una buena reparación de chapa y pintura.
En este caso, SI se tiene derecho a la reparación del vehículo,
ya que el daño causado en el coche ha sido por un accidente, y
no hay tercero culpable.
Sin embargo, si en ese mismo caso, el conductor consigue
controlar el vehículo y no sucede el accidente, entonces los
únicos daños son el gripaje del motor, en tal caso, la
reparación del mismo será por cuenta del usuario, ya que el daño
sufrido NO ha sido por causa de un accidente.
UNA COBERTURA CARA
Es una de las coberturas caras de contratar, porque supone que
el seguro es ''a todo riesgo''.
Es buena ''moralmente'', ya que si la tenemos contratada podemos
ir tranquilos, porque sabemos que tenemos asegurado el bien que
tanto trabajo nos ha costado pagar.
Por ejemplo, es mas cara contratar la Responsabilidad Civil
Obligatoria, y sin embargo, con ella el usuario se libra de
pagar indemnizaciones incluso de millones de euros, mientras que
con los daños propios como máximo conseguirá el valor del
vehículo (en el mejor de los casos).
Es mas cara que la cobertura de robo o de incendio, y sin
embargo, como máximo se podrá conseguir lo mismo que con estas
dos coberturas, es decir, que en caso de robo del coche, o que
se incendie totalmente, que sería lo mismo que tener "siniestro
total".
Es bastante mas cara que el seguro del conductor, y en cambio,
mientras que una cobertura se preocupa de la vida del asegurado
(que es mucho mas importante) la otra se ocupa de un bien
material, que muchas veces casi ni llega a la indemnización que
corresponde al seguro del conductor.
Sin embargo, después de todo lo dicho, es la cobertura que TODO
EL MUNDO quiere o desea tener, porque supone la tranquilidad de
tener garantizado el capital invertido en el coche.